Los residuos que deja la pandemia

En el ámbito de la salud hospitalaria, hablar de la importancia de la segregación de residuos, su optimización, sus costos y su impacto en el medio ambiente es una tarea diaria.

La generación de residuos en los establecimientos de atención de la salud se caracteriza por su complejidad tanto en su aspecto cuali-cuantitativo, dada la diversidad de su naturaleza, como porque su generación se encuentra diseminada por casi toda la planta física del establecimiento, así como por la amplia dispersión geográfica de los mismos, sus diversos niveles de complejidad y el volumen de los residuos generados (1).

En este último tiempo, las empresas de salud han tenido que tomar conciencia, y así lo han exigido las normativas, respecto a la valorización del ambiente, la seguridad de los médicos, enfermeros y mucamas sanitarias en cuanto a cortopunzantes, en cuanto a su seguridad laboral frente a los residuos peligrosos o patogénicos, la internalización de sus costos que esto conlleva, etc.

El manejo de los residuos es uno de los servicios más problemáticos tanto para sanatorios como para El Estado. Su acumulación sin un tratamiento adecuado constituye una de las actividades que más impacta el ambiente. Conlleva un riesgo potencial y real en la salud.

Desde el derecho, el punto de partida normativo es la Ley Nacional N° 24.051 de residuos peligrosos, sancionada en el año 1992 (reglamentada mediante Decreto PEN No 831) que estableció las normas administrativas aplicables a las actividades de generación, manipulación, transporte, tratamiento y disposición final de residuos peligrosos en lugares sometidos a jurisdicción federal, invitando a las provincias y a los municipios a dictar normas de igual naturaleza.

Son quince las jurisdicciones que Adhieren a la Ley Nacional No 24.051 de Residuos Peligrosos: Catamarca, Chubut, Córdoba, Corrientes, Entre Ríos, Formosa, Jujuy, La Pampa, La Rioja, Mendoza, Misiones, San Juan, Santiago del Estero, San Luis y Tucumán.

Ocho provincias adhirieron a la Ley Nacional pero elaboraron su propio decreto reglamentario: Chubut, Córdoba, Entre Ríos, La Pampa, Mendoza, San Juan, San Luis y Tucumán generando ocho marcos normativosdiferentes.

Nueve provincias no adhieren a la Ley Nacional de Residuos Peligrosos y elaboraron sus propias leyes para residuos peligrosos: Buenos Aires, Ciudad de Buenos Aires, Chaco, Neuquén, Río Negro, Salta, Santa Cruz, Santa Fe y Tierra del Fuego.

Así existen en este momento dieciocho marcos jurídicos diferentes para residuos peligrosos. En esta senda, la regulación de residuos patogénicos no siempre está regulada dentro de la legislación de residuos peligrosos. Poseen un marco legal para residuos provenientes de establecimientos de atención de la Salud quince provincias. De ellas, once provincias poseen legislación propia para residuos patogénicos (Buenos Aires, Ciudad de Buenos Aires, Chaco, Entre Ríos, Formosa, La Pampa, Mendoza, Río Negro, San Luis, Santa Cruz y Santa Fe), mientras que tres provincias hacen una referencia especial para patogénicos dentro de la legislación de residuos peligrosos (Chubut, Neuquén y San Juan) y para la provincia de Jujuy la legislación de residuos patogénicos es la reglamentación de la Ley General de Medio Ambiente (2).

En cuanto a las autoridades de aplicación, se dan varios contralores al mismo tiempo. Existe por ejemplo en CABA, la Agencia de Protección Ambiental (APRA) y ambos Ministerios (Nación y GCBA) controlan a las empresas de salud en cuanto a residuos patogénicos. Así también se da en otras jurisdicciones.

En el mundo, esta pandemia está arrojando más toneladas de residuos patogénicos al mes de lo que normalmente se produce.

Sólo en Wuhan, el foco de la epidemia, se generan casi 200 toneladas de desechos médicos cada día (3).

Como resultado de la crisis del coronavirus, China debe lidiar cientos de toneladas de desechos médicos: máscaras, batas, sábanas de hospital manchadas con el virus, que deben ser tratadas y luego destruidas con gran cuidado. Sin embargo, China no cuenta con suficientes centros de tratamiento especializado para este tipo de residuos, un grave problema en tiempos de epidemias. (4)

Más de 20 ciudades en China continental se han sobrecargado con desechos médicos, y Wuhan, el centro del brote de Covid-19, produjo hasta seis veces más desechos médicos de lo habitual, dijeron las autoridades.

Las instalaciones de tratamiento de desechos médicos en otras 28 ciudades están trabajando a plena carga, dijo el miércoles el Ministerio de Ecología y Medio Ambiente en una conferencia de prensa, sin especificar cuáles eran las otras ciudades.

Los hospitales en Wuhan, donde viven 11 millones de personas y el 80 por ciento de los que murieron a causa de Covid-19, produjeron más de 240 toneladas de desechos médicos diariamente durante el pico del brote, en comparación con las 40 toneladas antes de que ocurriera la epidemia, dijo Zhao Qunying, jefe de la oficina de emergencias del ministerio.

El gobierno central desplegó 46 dispositivos móviles para el tratamiento de residuos médicos en la ciudad y construyó una nueva planta con una capacidad de 30 toneladas en 15 días, dijo Zhao (5).

En España (6), se establece que «El servicio de salud confirmará que la empresa responsable de la limpieza proveerá a su personal de los materiales de limpieza precisos que, siempre que sea posible, serán desechables. Igualmente deberán contar con contenedores adecuados para residuos sanitarios del grupo III (Patogénicos).

Todos los residuos recogidos, así como los producidos en el proceso de limpieza, se depositarán en el contenedor descrito anteriormente. Igualmente se depositarán en contenedor, los materiales desechables de limpieza utilizados y los equipos de protección individual. La ropa, sábanas o cualquier otro textil desechable deben ser colocados en doble bolsa cerrada o en un contenedor de residuos sanitarios del Grupo III. Es importante, evitar la generación de aerosoles al cierre de las mismas. Los recipientes que contengan los residuos deberán quedar en el lugar designado a tal efecto, que permanecerá cerrado hasta que, según el procedimiento de gestión de residuos del centro, se proceda a su retirada».

En México la preocupación esta, y ya están mirando a España en la forma de tratarlos (7).

En la Argentina, el Decreto N° 297/20 estableció el «aislamiento social, preventivo y obligatorio» para los habitantes de la República Argentina por motivos de salud Pública exceptúando de tal situación, entre otros casos, a los transportistas y operadores de residuos peligrosos y patogénicos. Por otro lado, recientemente el MINISTERIO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SOSTENIBLE, mediante la Resolución 99/2020 RESOL-2020-99-APN-MAD de la Ciudad de Buenos Aires, de fecha 29 de

marzo de 2020 dispuso en sus considerandos «Que respecto de la atención en centros de salud, en virtud de la emergencia sanitaria establecida en el Decreto 260/2020, las autoridades sanitarias prevén un incremento significativo en la cantidad de pacientes lo que conlleva una mayor generación de residuos patológicos o patogénicos identificados como Y01 (de acuerdo a la Ley Nacional 24051). Que si bien cada una de las jurisdicciones es responsable de la gestión de sus registros relativos a sus residuos patológicos o patogénicos la emergencia sanitaria establecida amerita contar con información unificada

respecto de los operadores habilitados para el tratamiento efectivo de los residuos identificados como Y01.»

Se puede apreciar entonces, que Argentina, a través de su Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, tomo nota del incremento de residuos que veníamos mencionando en párrafos anteriores y decidió, a pesar de las diferentes jurisdicciones intervinientes, tener información unificada y dando intervención a COFEMA (8) para coordinar estrategias y programas de gestión regionales.

En la mentada resolución se dispone «Requerir a las autoridades provinciales en su condición de integrantes del Consejo Federal de Medio Ambiente (COFEMA), en el marco de la emergencia pública en materia sanitaria establecida por el Decreto 260/2020 y su normativa complementaria, informen, en el plazo de diez días de publicada la presente, los operadores de residuos patológicos o patogénicos incluidos en la categoría Y01 Anexo

1 de la Ley Nacional 24051 que figuren en sus registros locales.» Para ello, se da un Anexo y un mail a la resolución, en donde se busca uniformar la misma.

Quizás lo más novedoso de la Resolución en análisis, es su artículo tercero, cuando plantea «Requerir a las autoridades provinciales y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, atendiendo a la situación de emergencia, que procedan a evaluar con la mayor celeridad posible todo otro operador que se considere en condiciones técnicas para proceder al tratamiento de los residuos patológicos o patogénicos.» En donde se procura en un

negocio que siempre se conoció por ser bastante cerrado, a buscar otros operadores con posibilidades de tratamiento.

En definitiva, esta Pandemia afecta principalmente la salud en su visión primaria (médico-paciente), pero como podemos apreciar, no solo a ella, y debemos estar atento a sus aristas. Las consecuencias de la misma todavía no lo podemos prever con exactitud, pero viendo la película de los países que ya avanzó, vemos que el

problema de los residuos es realmente grave.

Segregación, recolección y disposición en hogares con aislamiento por COVID-19

Por otro lado, es importante remarcar que los residuos respecto de los aislamientos de COVID-19 en los hogares.

Para ello, contamos con un instructivo emitido por el Ministerio de Salud «COVID-19 recomendaciones para la gestión de residuos domiciliarios de pacientes en cuarentena».

Desde mi punto de vista, si bien es completo, falta profundizar en la segregación y cuidado de los mismos, como así también en una recolección diferenciada posterior.

Como dice el Convenio de Basilea (9) debe tenerse especial cuidado de estos residuos por el riesgo, percibido como tal o real, de transmisión de enfermedades infecciosas a través de lesiones o contactos accidentales con fluidos corporales infectados.

Esta preocupación también la expreso la ONU —Programa para el medio ambiente- en su artículo (10) publicado en Ginebra, 24 de marzo de 2020.- «Los gobiernos deben considerar la gestión de residuos un servicio público urgente y esencial en el marco de la pandemia del COVID-19 con el fin de minimizar posibles impactos

secundarios sobre la salud y el medio ambiente. Las medidas de gestión deben considerar todos los tipos de residuos, incluidos los médicos, domésticos y peligrosos…El manejo inadecuado de estos desechos podría desencadenar un efecto de rebote y otras consecuencias en la salud humana y el medio ambiente, por lo que su

gestión y disposición final de forma segura es vital como parte de una respuesta de emergencia efectiva.»

Un tema más que ocuparnos en esta Pandemia. Un tema más que nos obliga a pensar en que nuestra responsabilidad individual, repercute en cadena, en nuestra sociedad.

(*) Abogado (UBA), Maestría en Gerenciamiento de Sistemas de Salud (UBA), Secretario del Instituto de Salud del Colegio de Abogados de San Isidro, Profesor de Posgrado «Instituciones de Derecho de Salud» de la U.C.A., Profesor Maestría de Gerenciamiento de Sistemas de Salud; Coordinador de habilitaciones Sanatoriales

en el Sanatorio Güemes. Miembro del Equipo de Mejora Continua Método Lean en Calidad y Seguridad del Paciente. Referente en el proceso de acreditación del Sanatorio Güemes ante el Instituto Técnico para la Acreditación de Establecimientos de Salud.

(1) ANÁLISIS DE LAS NORMATIVAS DE RESIDUOS BIOPATOGÉNICOS EN LA REPÚBLICA ARGENTINA. Ministerio de Salud de la Nación. Ed. 2017.

(2) Ídem cita 1. (3)

http://www.rfi.fr/es/salud/20200306-china-desbordada-por-los-desechos-m%C3%A9dicos-contaminados-con-coronavirus

(4) http://www.rfi.fr/es/salud/20200306-china-desbordada-por-los-desechos-m%C3%A9dicos-contaminados-con-coronavirus

(5) https://www.scmp.com/news/china/society/article/3074722/coronavirus-leaves-china-mountains-medical-waste

(6) Documento técnico «Manejo en atención primaria del COVID-19» Versión de 17 de marzo de 2020. Gob. De España, Ministerio de Sanidad.

(7)

https://www.excelsior.com.mx/opinion/opinion-del-experto-nacional/el-manejo-de-los-residuos-ante-el-covid-19/1371452

(8) Consejo Federal de Medio Ambiente (COFEMA)

(9) Directrices técnicas sobre el manejo ambientalmente racional de los desechos biomédicos y

sanitariosPublicado en septiembre del 2003. Número de venta : S.03.III.D.22, pág. 3.

(10)

Las instalaciones de tratamiento de desechos médicos en otras 28 ciudades están trabajando a plena carga,
dijo el miércoles el Ministerio de Ecología y Medio Ambiente en una conferencia de prensa, sin especificar
cuáles eran las otras ciudades.
Los hospitales en Wuhan, donde viven 11 millones de personas y el 80 por ciento de los que murieron a
causa de Covid-19, produjeron más de 240 toneladas de desechos médicos diariamente durante el pico del brote,
en comparación con las 40 toneladas antes de que ocurriera la epidemia, dijo Zhao Qunying, jefe de la oficina
de emergencias del ministerio.
El gobierno central desplegó 46 dispositivos móviles para el tratamiento de residuos médicos en la ciudad y
construyó una nueva planta con una capacidad de 30 toneladas en 15 días, dijo Zhao (5).
En España (6), se establece que «El servicio de salud confirmará que la empresa responsable de la limpieza
proveerá a su personal de los materiales de limpieza precisos que, siempre que sea posible, serán desechables.
Igualmente deberán contar con contenedores adecuados para residuos sanitarios del grupo III (Patogénicos).
Todos los residuos recogidos, así como los producidos en el proceso de limpieza, se depositarán en el
contenedor descrito anteriormente. Igualmente se depositarán en contenedor, los materiales desechables de
limpieza utilizados y los equipos de protección individual. La ropa, sábanas o cualquier otro textil desechable
deben ser colocados en doble bolsa cerrada o en un contenedor de residuos sanitarios del Grupo III. Es
importante, evitar la generación de aerosoles al cierre de las mismas. Los recipientes que contengan los residuos
deberán quedar en el lugar designado a tal efecto, que permanecerá cerrado hasta que, según el procedimiento
de gestión de residuos del centro, se proceda a su retirada».
En México la preocupación esta, y ya están mirando a España en la forma de tratarlos (7).
En la Argentina, el Decreto N° 297/20 estableció el «aislamiento social, preventivo y obligatorio» para los
habitantes de la República Argentina por motivos de salud Pública exceptúan
do de tal situación, entre otros casos, a los transportistas y operadores de residuos peligrosos y patogénicos.
Por otro lado, recientemente el MINISTERIO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SOSTENIBLE,
mediante la Resolución 99/2020 RESOL-2020-99-APN-MAD de la Ciudad de Buenos Aires, de fecha 29 de
marzo de 2020 dispuso en sus considerandos «Que respecto de la atención en centros de salud, en virtud de la
emergencia sanitaria establecida en el Decreto 260/2020, las autoridades sanitarias prevén un incremento
significativo en la cantidad de pacientes lo que conlleva una mayor generación de residuos patológicos o
patogénicos identificados como Y01 (de acuerdo a la Ley Nacional 24051).
Que si bien cada una de las jurisdicciones es responsable de la gestión de sus registros relativos a sus
residuos patológicos o patogénicos la emergencia sanitaria establecida amerita contar con información unificada
respecto de los operadores habilitados para el tratamiento efectivo de los residuos identificados como Y01.»
Se puede apreciar entonces, que Argentina, a través de su Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible,
tomo nota del incremento de residuos que veníamos mencionando en párrafos anteriores y decidió, a pesar de
las diferentes jurisdicciones intervinientes, tener información unificada y dando intervención a COFEMA (8)
para coordinar estrategias y programas de gestión regionales.
En la mentada resolución se dispone «Requerir a las autoridades provinciales en su condición de integrantes
del Consejo Federal de Medio Ambiente (COFEMA), en el marco de la emergencia pública en materia sanitaria
establecida por el Decreto 260/2020 y su normativa complementaria, informen, en el plazo de diez días de
publicada la presente, los operadores de residuos patológicos o patogénicos incluidos en la categoría Y01 Anexo
1 de la Ley Nacional 24051 que figuren en sus registros locales.» Para ello, se da un Anexo y un mail a la
resolución, en donde se busca uniformar la misma.
Quizás lo más novedoso de la Resolución en análisis, es su artículo tercero, cuando plantea «Requerir a las
autoridades provinciales y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, atendiendo a la situación de emergencia,
que procedan a evaluar con la mayor celeridad posible todo otro operador que se considere en condiciones
técnicas para proceder al tratamiento de los residuos patológicos o patogénicos.» En donde se procura en un
negocio que siempre se conoció por ser bastante cerrado, a buscar otros operadores con posibilidades de
tratamiento.
En definitiva, esta Pandemia afecta principalmente la salud en su visión primaria (médico-paciente), pero
como podemos apreciar, no solo a ella, y debemos estar atento a sus aristas. Las consecuencias de la misma
todavía no lo podemos prever con exactitud, pero viendo la película de los países que ya avanzó, vemos que el
problema de los residuos es realmente grave.
Segregación, recolección y disposición en hogares con aislamiento por COVID-19

Por otro lado, es importante remarcar que los residuos respecto de los aislamientos de COVID-19 en los
hogares.
Para ello, contamos con un instructivo emitido por el Ministerio de Salud «COVID-19 recomendaciones
para la gestión de residuos domiciliarios de pacientes en cuarentena».
Desde mi punto de vista, si bien es completo, falta profundizar en la segregación y cuidado de los mismos,
como así también en una recolección diferenciada posterior.
Como dice el Convenio de Basilea (9) debe tenerse especial cuidado de estos residuos por el riesgo,
percibido como tal o real, de transmisión de enfermedades infecciosas a través de lesiones o contactos
accidentales con fluidos corporales infectados.
Esta preocupación también la expreso la ONU —Programa para el medio ambiente- en su artículo (10)
publicado en Ginebra, 24 de marzo de 2020.- «Los gobiernos deben considerar la gestión de residuos un servicio
público urgente y esencial en el marco de la pandemia del COVID-19 con el fin de minimizar posibles impactos
secundarios sobre la salud y el medio ambiente. Las medidas de gestión deben considerar todos los tipos de
residuos, incluidos los médicos, domésticos y peligrosos…El manejo inadecuado de estos desechos podría
desencadenar un efecto de rebote y otras consecuencias en la salud humana y el medio ambiente, por lo que su
gestión y disposición final de forma segura es vital como parte de una respuesta de emergencia efectiva.»
Un tema más que ocuparnos en esta Pandemia. Un tema más que nos obliga a pensar en que nuestra
responsabilidad individual, repercute en cadena, en nuestra sociedad.
(*) Abogado (UBA), Maestría en Gerenciamiento de Sistemas de Salud (UBA), Secretario del Instituto de
Salud del Colegio de Abogados de San Isidro, Profesor de Posgrado «Instituciones de Derecho de Salud» de la
U.C.A., Profesor Maestría de Gerenciamiento de Sistemas de Salud; Coordinador de habilitaciones Sanatoriales
en el Sanatorio Güemes. Miembro del Equipo de Mejora Continua Método Lean en Calidad y Seguridad del
Paciente. Referente en el proceso de acreditación del Sanatorio Güemes ante el Instituto Técnico para la
Acreditación de Establecimientos de Salud.
(1) ANÁLISIS DE LAS NORMATIVAS DE RESIDUOS BIOPATOGÉNICOS EN LA REPÚBLICA
ARGENTINA. Ministerio de Salud de la Nación. Ed. 2017.
(2) Ídem cita 1.

(3)
http://www.rfi.fr/es/salud/20200306-china-desbordada-por-los-desechos-m%C3%A9dicos-contaminados-con-coronavirus
(4)
http://www.rfi.fr/es/salud/20200306-china-desbordada-por-los-desechos-m%C3%A9dicos-contaminados-con-coronavirus
(5)
https://www.scmp.com/news/china/society/article/3074722/coronavirus-leaves-china-mountains-medical-waste
(6) Documento técnico «Manejo en atención primaria del COVID-19» Versión de 17 de marzo de 2020.
Gob. De España, Ministerio de Sanidad.

(7)
https://www.excelsior.com.mx/opinion/opinion-del-experto-nacional/el-manejo-de-los-residuos-ante-el-covid-19/1371452
(8) Consejo Federal de Medio Ambiente (COFEMA)
(9) Directrices técnicas sobre el manejo ambientalmente racional de los desechos biomédicos y
sanitariosPublicado en septiembre del 2003. Número de venta : S.03.III.D.22, pág. 3.

(10)

https://www.unenvironment.org/es/noticias-y-reportajes/comunicado-de-prensa/la-gestion-de-residuos-es-un-servicio-publico-esencial

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